De acuerdo con la ResoluciónMinisterial N° 712-2018-MINEDU, Norma Técnica de Orientaciones para el
Desarrollo del Año Escolar 2019 en Instituciones Educativas y Programas
Educativos de la Educación Básica, el inicio del año escolar está previsto para
el 11 de marzo y las vacaciones de medio año para el periodo comprendido entre
el 29 de julio y el 09 de agosto, reiniciando las labores escolares el 12 dé
agosto, a excepción de la EBA, que se programa de acuerdo con periodos
promocionales, y de los CRFA, cuyo periodo vacacional no debe exceder los 7
días calendarios.
Asimismo, la fecha de fin de año está prevista para el 20 de diciembre. Estas
fechas son flexibles, los Gobiernos Regionales y sus respectivas DRE y UGEL pueden
determinar una fecha de inicio de clases distinta de la dispuesta en esta norma
técnica o flexibilizar horarios, tomando en cuenta las características
geográficas, climatológicas, económico-productivas y socioculturales de su
territorio, siempre que se garantice el cumplimiento de las horas lectivas
mínimas establecidas para el año escolar. En caso se establezca una
calendarización distinta a la propuesta en esta norma, la DRE debe comunicar
formalmente al Minedu de manera oportuna.