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Propuesta de calendarización 2020 | Ministerio de Educación del Perú



CALENDARIO DEL AÑO ESCOLAR 2020 EN PERÚ
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Entonces, ¿cuándo comenzarán las clases en Lima y provincias? De acuerdo a la disposición del Ministerio de Educación, las escuelas públicas a nivel nacional, en su mayoría, iniciarán clases el 16 de marzo, las vacaciones estarán programadas del 27 de julio al 7 de agosto, y las labores escolares se reiniciarán el 10 de agosto. En el caso de los Colegio de Alto Rendimiento (COAR), el inicio de clases se ha programado para el 23 de marzo.

Sin embargo, es importante resaltar que los gobiernos regionales pueden determinar una fecha de inicio y fin de clases distinta a la dispuesta a nivel nacional, así como los horarios de clase tomando en cuenta las características geográficas, climatológicas, económico-productivas y socioculturales de su territorio, siempre que se garantice el cumplimiento de las horas mínimas establecidas para el periodo lectivo.
                                                        Descargar calendarizacion 2020

Calendarización del año escolar 2019 | Formato Excel modificable


De acuerdo con la ResoluciónMinisterialN° 712-2018-MINEDU, Norma Técnica de Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2019 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica, el inicio del año escolar está previsto para el 11 de marzo y las vacaciones de medio año para el periodo comprendido entre el 29 de julio y el 09 de agosto, reiniciando las labores escolares el 12 dé agosto, a excepción de la EBA, que se programa de acuerdo con periodos promocionales, y de los CRFA, cuyo periodo vacacional no debe exceder los 7 días calendarios.




Asimismo, la fecha de fin de año está prevista para el 20 de diciembre. Estas fechas son flexibles, los Gobiernos Regionales y sus respectivas DRE y UGEL pueden determinar una fecha de inicio de clases distinta de la dispuesta en esta norma técnica o flexibilizar horarios, tomando en cuenta las características geográficas, climatológicas, económico-productivas y socioculturales de su territorio, siempre que se garantice el cumplimiento de las horas lectivas mínimas establecidas para el año escolar. En caso se establezca una calendarización distinta a la propuesta en esta norma, la DRE debe comunicar formalmente al Minedu de manera oportuna.