Fases y requisitos de Contrata Docente 2020 | Ministerio de Educación





Cuándo y quienes aprueban el cronograma?
Las Direcciones y Gerencias Regionales de Educación aprueban los cronogramas regionales durante la segunda semana de enero. El cronograma contempla las siguientes actividades:
Fase I: Contratación por resultados de la PUN
  • Convocatoria.
  • Fecha de adjudicación.
Fase II: Contratación por evaluación de expedientes
  • Convocatoria y fecha de presentación de expedientes.
  • Fecha de revisión de expedientes.
  • Publicación de resultados preliminares.
  • Presentación y absolución de reclamos.
  • Publicación final de resultados.
  • Fecha de adjudicación.
Fase III: Contratación excepcional
  • Convocatoria y fecha de presentación de expedientes.
  • Fecha de revisión de expedientes.
  • Publicación de resultados preliminares.
  • Presentación y absolución de reclamos.
  • Publicación final de resultados.
  • Fecha de adjudicación.
7. ¿Quiénes participan en la fase I?
En la fase I participan los docentes que se encuentran en el cuadro de méritos de la UGEL, de acuerdo a la modalidad, nivel, ciclo, especialidad o área curricular de la plaza publicada. El cuadro de méritos de acuerdo a la Prueba única Nacional (PUN) será publicado por el Minedu el 6 de enero del 2020. La adjudicación en esta fase se realiza en estricto orden de mérito.
8. ¿Quiénes participan en la fase II?
Esta fase se realiza solo en caso queden plazas vacantes luego de haber agotado el cuadro de méritos (PUN). Participan los docentes que acreditan los requisitos establecido en el Anexo 3-A, y que presentan su expediente ante la UGEL especificando el nivel, modalidad, ciclo, especialidad o área curricular.
En esta fase se realiza una evaluación de expedientes que determina un cuadro de méritos en función a los siguientes criterios (Anexo 8-A): formación académica (máx.50 pts.), formación profesional (máx. 30 pts.) y experiencia laboral (máx. 20 pts.). El máximo puntaje son cien (100) puntos. La adjudicación en esta fase se realiza en estricto orden de mérito.
9. ¿Quiénes participan en la fase III?
Esta fase se realiza solo en caso queden plazas vacantes luego de haber agotado el cuadro de méritos de la fase II. Participan los docentes que acrediten los requisitos excepcionales (Anexo 3-B) que se establecen con criterio de flexibilidad para garantizar la prestación del servicio educativo. La evaluación de expedientes se realizan con los mismos criterios de la fase II y la adjudicación se realiza en estricto orden de méritos.
10. ¿Qué es la contratación especial?
La contratación especial es el procedimiento que busca atender desde el inicio del proceso de contrato las plazas de difícil cobertura, tales como las plazas de instituciones educativas ubicadas en la zona rural, Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro VRAEM, de frontera, así como las instituciones educativas por convenio y de educación intercultural bilingüe, entre otras.
El Minedu realiza una publicación de plazas de difícil cobertura la tercera semana de enero. Los postulantes ubicados en los cuadros de méritos podrán acceder a una contratación directa hasta el tercer día posterior a la publicación de dichas plazas.
En el caso de que las plazas continúen vacantes, el comité de contratación adjudicará a los beneficiarios de una beca de formación inicial a través de Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC), con la finalidad que cumplan con su “Compromiso de Servicio al Perú”.

 ¿Cuáles son los requisitos generales para postular a un contrato docente?


Requisitos generales
Poseer título de profesor o de licenciado en educación que corresponda a la modalidad, nivel/ciclo y especialidad de la plaza a la que postula. Se acredita con copia simple del título de profesor o de licenciado en educación (o con el original de la declaración jurada según formato del Anexo 5-A de la presente norma técnica de contratación vigente, debidamente firmada por el postulante).
Gozar de buena salud física y mental que permita ejercer la docencia.*
No haber sido condenado por delito doloso.*
No haber sido condenado por el delito de terrorismo, apología del terrorismo, delito contra la libertad sexual, delitos de corrupción de funcionarios y/o delitos de tráfico de drogas; ni haber incurrido en actos de violencia que atenten contra los derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio, haber impedido el normal funcionamiento de los servicios públicos, así como los delitos previstos en la Ley 29988 y los literales c) y j) del artículo 49 de la Ley 29944.*
No encontrarse inhabilitado para ejercer la función pública.*
Tener menos de 65 años de edad.*
No encontrarse comprendidos en los alcances de la Ley 30901.*
* Estos requisitos son acreditados con el original de la declaración jurada según formato del Anexo 5-A o Anexo 5-B de la norma técnica, según corresponda, debidamente firmada por el postulante y consignado su huella digital.
Adicionalmente el profesor deberá cumplir con los requisitos requeridos de acuerdo a la modalidad, nivel, ciclo, especialidad o área curricular de la plaza