De acuerdo con la ResoluciónMinisterialN° 712-2018-MINEDU, Norma Técnica de Orientaciones para el Desarrollo del
Año Escolar 2019 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la
Educación Básica, el inicio del año escolar está previsto para el 11 de marzo y
las vacaciones de medio año para el periodo comprendido entre el 29 de julio y
el 09 de agosto, reiniciando las labores escolares el 12 dé agosto, a excepción
de la EBA,
que se programa de acuerdo con periodos promocionales, y de los CRFA, cuyo
periodo vacacional no debe exceder los 7 días calendarios.
Asimismo, la fecha de fin de año
está prevista para el 20 de diciembre. Estas fechas son flexibles, los
Gobiernos Regionales y sus respectivas DRE y UGEL pueden
determinar una fecha de inicio de clases distinta de la dispuesta en esta norma
técnica o flexibilizar horarios, tomando en cuenta las características
geográficas, climatológicas, económico-productivas y socioculturales de su
territorio, siempre que se garantice el cumplimiento de las horas lectivas
mínimas establecidas para el año escolar. En caso se establezca una
calendarización distinta a la propuesta en esta norma, la DRE debe comunicar
formalmente al Minedu de
manera oportuna.