Fase
I: Contratación por resultados de la PUN
- Convocatoria.
- Fecha de adjudicación.
CONTRATA FASE II
Fase
II: Contratación por evaluación de expedientes
- Convocatoria y fecha de
presentación de expedientes.
- Fecha de revisión de
expedientes.
- Publicación de resultados
preliminares.
- Presentación y absolución de
reclamos.
- Publicación final de
resultados.
- Fecha de adjudicación.
Fase
III: Contratación excepcional
- Convocatoria y fecha de
presentación de expedientes.
- Fecha de revisión de
expedientes.
- Publicación de resultados
preliminares.
- Presentación y absolución de
reclamos.
- Publicación final de
resultados.
- Fecha de adjudicación.
7. ¿Quiénes participan en la fase I?
En
la fase I participan los docentes que se encuentran en el cuadro de méritos de
la UGEL, de acuerdo a la modalidad, nivel, ciclo, especialidad o área
curricular de la plaza publicada. El cuadro de méritos de acuerdo a la Prueba
única Nacional (PUN) será publicado por el Minedu el 6 de enero del 2020. La
adjudicación en esta fase se realiza en estricto orden de mérito.
8. ¿Quiénes participan en la fase II?
Esta
fase se realiza solo en caso queden plazas vacantes luego de haber agotado el
cuadro de méritos (PUN). Participan los docentes que acreditan los requisitos
establecido en el Anexo 3-A, y que presentan su expediente ante la UGEL
especificando el nivel, modalidad, ciclo, especialidad o área curricular.
En
esta fase se realiza una evaluación de expedientes que determina un cuadro de
méritos en función a los siguientes criterios (Anexo 8-A): formación académica
(máx.50 pts.), formación profesional (máx. 30 pts.) y experiencia laboral (máx.
20 pts.). El máximo puntaje son cien (100) puntos. La adjudicación en esta fase
se realiza en estricto orden de mérito.
9. ¿Quiénes participan en la fase III?
Esta
fase se realiza solo en caso queden plazas vacantes luego de haber agotado el
cuadro de méritos de la fase II. Participan los docentes que acrediten los
requisitos excepcionales (Anexo 3-B) que se establecen con criterio de
flexibilidad para garantizar la prestación del servicio educativo. La
evaluación de expedientes se realizan con los mismos criterios de la fase II y
la adjudicación se realiza en estricto orden de méritos.
10. ¿Qué es la contratación especial?
La
contratación especial es el procedimiento que busca atender desde el inicio del
proceso de contrato las plazas de difícil cobertura, tales como las plazas de
instituciones educativas ubicadas en la zona rural, Valle de los ríos Apurímac,
Ene y Mantaro VRAEM, de frontera, así como las instituciones educativas por
convenio y de educación intercultural bilingüe, entre otras.
El
Minedu realiza una publicación de plazas de difícil cobertura la tercera semana
de enero. Los postulantes ubicados en los cuadros de méritos podrán acceder a
una contratación directa hasta el tercer día posterior a la publicación de
dichas plazas.
En
el caso de que las plazas continúen vacantes, el comité de contratación
adjudicará a los beneficiarios de una beca de formación inicial a través de
Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC), con la finalidad que
cumplan con su “Compromiso de Servicio al Perú”.
¿Cuáles son los
requisitos generales para postular a un contrato docente?
Requisitos generales
|
Poseer
título de profesor o de licenciado en educación que corresponda a la
modalidad, nivel/ciclo y especialidad de la plaza a la que postula. Se
acredita con copia simple del título de profesor o de licenciado en educación
(o con el original de la declaración jurada según formato del Anexo 5-A de la
presente norma técnica de contratación vigente, debidamente firmada por el
postulante).
|
Gozar de
buena salud física y mental que permita ejercer la docencia.*
|
No haber
sido condenado por delito doloso.*
|
No haber
sido condenado por el delito de terrorismo, apología del terrorismo, delito
contra la libertad sexual, delitos de corrupción de funcionarios y/o delitos
de tráfico de drogas; ni haber incurrido en actos de violencia que atenten
contra los derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio, haber
impedido el normal funcionamiento de los servicios públicos, así como los
delitos previstos en la Ley 29988 y los literales c) y j) del artículo 49 de
la Ley 29944.*
|
No
encontrarse inhabilitado para ejercer la función pública.*
|
Tener
menos de 65 años de edad.*
|
No
encontrarse comprendidos en los alcances de la Ley 30901.*
|
*
Estos requisitos son acreditados con el original de la declaración jurada según
formato del Anexo 5-A o Anexo 5-B de la norma técnica, según corresponda,
debidamente firmada por el postulante y consignado su huella digital.
Adicionalmente
el profesor deberá cumplir con los requisitos requeridos de acuerdo a la
modalidad, nivel, ciclo, especialidad o área curricular de la plaza